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Perfil del Contratante

EXPTE 3SE/2023- Contratación por el procedimiento abierto simplificado del suministro de energía eléctrica en la Unidad Alimentaria de Mercagranada S.A

Estado: Realizada - Procedimiento General

Resultado Adjudicación: ELECTRICIDAD Y GAS DEL MEDITERRANEO SL

Descripción:

  1. El presente pliego, del que forman parte inseparable el Cuadro Anexo de Características Particulares de cada contrato (en lo sucesivo, CCP) y los demás Anexos, regula la prestación de suministros, conforme a la definición que de los mismos se contiene en el artículo 16 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP en lo sucesivo), que contrate MERCAGRANADA, S.A. en procedimiento general.
  2. La definición concreta de cada suministro, así como las necesidades que se pretenden cubrir con cada contrato, se indicarán, respectivamente, en los apartados 2 y 4 del CCP. El Número de Referencia CPV, que corresponde al Vocabulario Común de Contratos Públicos, por el que se establece un sistema único de clasificación aplicable a la contratación pública con el fin de normalizar las referencias utilizadas por los órganos de contratación y las entidades adjudicadoras para describir el objeto de sus contratos, vendrá determinado en el apartado 2 del CCP.
  3. Siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, deberá preverse la realización independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes. No obstante, lo anterior, el órgano de contratación podrá no dividir en lotes el objeto del contrato cuando existan motivos válidos, que deberán justificarse debidamente en el apartado 3 del CCP.
  4. Cuando el órgano de contratación proceda a la división en lotes del objeto del contrato, este podrá introducir las siguientes limitaciones, justificándolas debidamente en el apartado 3 del CCP.
  • a)Podrá limitar el número de lotes para los que una misma persona natural o jurídica candidata o licitadora (de ahora en adelante “persona licitadora”) pueda presentar oferta.
  • b)También podrá limitar el número de lotes que pueden adjudicarse a cada persona licitadora.

 

A los efectos de las limitaciones previstas en las letras a) y b) anteriores, en las uniones de empresas serán éstas y no sus componentes consideradas personas licitadoras.

Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 3 del CCP en el caso de preverse limitaciones a la posibilidad de ser adjudicatario/a de varios lotes y resultando una persona licitadora propuesta para la adjudicación de varios se le concederá a ésta la posibilidad de elegir de qué lote quiere ser adjudicatario de entre los propuestos. En caso de no llevar a cabo elección se le adjudicará el de mayor importe económico.

5.Si así se establece en el apartado 3 del CCP, se podrá reservar alguno o algunos de los lotes para Centros Especiales de Empleo o para empresas de inserción, o un porcentaje mínimo de reserva de la ejecución de estos contratos en el marco de programas de empleo protegido, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la LCSP. Igualmente se podrán reservar lotes a favor de las entidades a que se refiere la disposición adicional cuadragésima octava, en las condiciones establecidas en la citada disposición.

Fechas de interes:

Fecha máxima de presentación de ofertas a las 12.00h del día 22 de enero de 2024.

Apertura pública sobre B, oferta económica, a las 11.00h del día 26 de enero de 2024.