El objeto del contrato es la adjudicación del derecho de uso y de explotación comercial temporal, de la parcela 523 de la zona ZAC de la Unidad Alimentaria de Granada “MERCAGRANADA”. Se divide en los siguientes lotes:
NOTA: A continuación se transcriben una serie de preguntas que se han planteado en la presente licitación:
En relación a las dudas que han planteado, paso a su respuesta en rojo sobre las propias preguntas:
La duración del derecho de superficie será de un máximo de 30 años en función de los criterios de adjudicación ponderados para la adjudicación y duración del contrato (Cláusula 16 del Pliego de Condiciones).
Por error material aparece como máximo en el anuncio de la licitación un periodo de quince años, pero prevalece lo establecido en el pliego de condiciones por ser un documento de rango superior al anuncio.
Efectivamente son tres cantidades las que aparecen en el pliego, en cuanto la primera, canon de adjudicación, éste será de un mínimo de 15.000 € (Cláusula 4 del Pliego de Condiciones), pero podrá ser superior si se pretende ampliar por esta vía (o asegurar la adjudicación) el mínimo de 15 años ( Tal y como se expone en la Cláusula 16 del Pliego de Condiciones, apartado 1) Criterios cuantificables económicamente para MG, letra c)).
En cuanto a la segunda cantidad, que llaman ustedes “variable”, es un compromiso de inversión, por lo que habrá que cumplir con la cantidad ofertada y acreditarlo ante MERCAGRANADA S.A. pero no conllevará actualización alguna.
La tercera es el canon mensual por el derecho de superficie que aparece en la Cláusula 25 del Pliego de Condiciones de la licitación.
Respecto al canon por el derecho de superficie, se actualizará anualmente, los días 1 de enero de cada año según el índice expuesto en la Cláusula 25 del propio Pliego, pero estamos abiertos a pactar que la actualización anual sea mediante la aplicación del IPC interanual de los doce meses inmediatamente anteriores a cada 1 de enero durante la duración del contrato.
Por otra parte, les indico para su información, que hemos obtenido con posterioridad a la publicación de esta licitación, la cesión de la licencia de apertura y actividad para “ESTACIÓN DE SERVICIO DEDICADA A LA VENTA DE GASOLINA Y OTROS COMBUSTIBLES” de la parcela, por lo que sería un trámite ya realizado que incluiremos en el contrato de adjudicación y derecho de superficie sin más coste.
Si tienen cualquier otra pregunta, no duden en realizármela por esta misma vía.
Un saludo.
El Organo de Contratación en su sesión de 21 de marzo de 2025 acuerda la declaración de la licitación como desierta.