OBJETO DEL CONTRATO
- El presente pliego, del que forman parte inseparable el Cuadro Anexo de Características
Particulares de cada contrato (en lo sucesivo, CCP) y los demás Anexos, regula la ejecución de obras,
conforme a la definición que de los mismos se contiene en el artículo 13 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP en lo sucesivo), que contrate MERCADOS
CENTRALES DE ABASTECIMIENTO DE GRANADA, MERCAGRANADA S.A. (MERCAGRANADA en lo
sucesivo) en los procedimientos abierto.
2. La definición concreta de cada obra, así como las necesidades que se pretenden cubrir con
cada contrato, se indicarán, respectivamente, en los apartados 2 y 4 del CCP. El Número de
Referencia CPV, que corresponde al Vocabulario Común de Contratos Públicos, por el que se
establece un sistema único de clasificación aplicable a la contratación pública con el fin de
normalizar las referencias utilizadas por los órganos de contratación y las entidades adjudicadoras
para describir el objeto de sus contratos, vendrá determinado en el apartado 2 del CCP.
3. Siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, deberá preverse la realización
independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes. No obstante, lo anterior, el
órgano de contratación podrá no dividir en lotes el objeto del contrato cuando existan motivos
válidos, que deberán justificarse debidamente en el apartado 3 del CCP.
4. Cuando el órgano de contratación proceda a la división en lotes del objeto del contrato, este
podrá introducir las siguientes limitaciones, justificándolas debidamente en el apartado 3 del CCP:
a) Podrá limitar el número de lotes para los que una misma persona natural o jurídica candidata
o licitadora (de ahora en adelante “persona licitadora”) puede presentar oferta.
b) También podrá limitar el número de lotes que pueden adjudicarse a cada persona licitadora.
A los efectos de las limitaciones previstas en las letras a) y b) anteriores, en las uniones de empresas
serán éstas y no sus componentes consideradas personas licitadoras.
Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 3 del CCP en el caso de preverse limitaciones a la
posibilidad de ser adjudicatario/a de varios lotes y resultando una persona licitadora propuesta para
la adjudicación de varios se le concederá a ésta la posibilidad de elegir de qué lote quiere ser
adjudicatario de entre los propuestos. En caso de no llevar a cabo elección se le adjudicará el de
mayor importe económico.
5. Si así se establece en el apartado 3 del CCP, se podrá reservar alguno o algunos de los lotes
para Centros Especiales de Empleo o para empresas de inserción, o un porcentaje mínimo de reserva
de la ejecución de estos contratos en el marco de programas de empleo protegido, de conformidad
con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la LCSP. Igualmente se podrán reservar lotes a
favor de las entidades a que se refiere la disposición adicional cuadragésima octava de la LCSP, en
las condiciones establecidas en la citada disposición.
VISITA EL DIA 29/12/2025 A LAS 12.00h
PLAZO DE PRESENTACION DE OFERTAS HASTA LAS 12.00h DEL DIA 19/1/2026
APERTURA DE OFERTAS SOBRES A EL DIA 19/01/2026 A LAS 12.45h
APERTURA DE OFERTAS SOBRES B EL DIA 19/01/2026 A LAS 13.00h
APERTURA DE OFERTAS SOBRES C EL DIA 29/01/2026 A LAS 10.30h