EXP. 5M/2025-INSTALACIONES Y PUESTA EN MARCHA DE LAS MEJORAS A IMPLANTAR EN EL ACTUAL SISTEMA DE CONTROL DE ACCESOS EXISTENTES EN MERCAGRANADA

OBJETO DEL CONTRATO

  1. El presente pliego, del que forman parte inseparable el Cuadro Anexo de Características
    Particulares de cada contrato (en lo sucesivo, CCP) y los demás Anexos, regula la ejecución de obras,
    conforme a la definición que de los mismos se contiene en el artículo 13 de la Ley 9/2017, de 8 de
    noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP en lo sucesivo), que contrate MERCADOS
    CENTRALES DE ABASTECIMIENTO DE GRANADA, MERCAGRANADA S.A. (MERCAGRANADA en lo
    sucesivo) en los procedimientos abierto.
    2. La definición concreta de cada obra, así como las necesidades que se pretenden cubrir con
    cada contrato, se indicarán, respectivamente, en los apartados 2 y 4 del CCP. El Número de
    Referencia CPV, que corresponde al Vocabulario Común de Contratos Públicos, por el que se
    establece un sistema único de clasificación aplicable a la contratación pública con el fin de
    normalizar las referencias utilizadas por los órganos de contratación y las entidades adjudicadoras
    para describir el objeto de sus contratos, vendrá determinado en el apartado 2 del CCP.
    3. Siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, deberá preverse la realización
    independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes. No obstante, lo anterior, el
    órgano de contratación podrá no dividir en lotes el objeto del contrato cuando existan motivos
    válidos, que deberán justificarse debidamente en el apartado 3 del CCP.
    4. Cuando el órgano de contratación proceda a la división en lotes del objeto del contrato, este
    podrá introducir las siguientes limitaciones, justificándolas debidamente en el apartado 3 del CCP:
    a) Podrá limitar el número de lotes para los que una misma persona natural o jurídica candidata
    o licitadora (de ahora en adelante “persona licitadora”) puede presentar oferta.
    b) También podrá limitar el número de lotes que pueden adjudicarse a cada persona licitadora.
    A los efectos de las limitaciones previstas en las letras a) y b) anteriores, en las uniones de empresas
    serán éstas y no sus componentes consideradas personas licitadoras.
    Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 3 del CCP en el caso de preverse limitaciones a la
    posibilidad de ser adjudicatario/a de varios lotes y resultando una persona licitadora propuesta para
    la adjudicación de varios se le concederá a ésta la posibilidad de elegir de qué lote quiere ser
    adjudicatario de entre los propuestos. En caso de no llevar a cabo elección se le adjudicará el de
    mayor importe económico.
    5. Si así se establece en el apartado 3 del CCP, se podrá reservar alguno o algunos de los lotes
    para Centros Especiales de Empleo o para empresas de inserción, o un porcentaje mínimo de reserva
    de la ejecución de estos contratos en el marco de programas de empleo protegido, de conformidad
    con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la LCSP. Igualmente se podrán reservar lotes a
    favor de las entidades a que se refiere la disposición adicional cuadragésima octava de la LCSP, en
    las condiciones establecidas en la citada disposición.

VISITA EL DIA 29/12/2025 A LAS 12.00h

PLAZO DE PRESENTACION DE OFERTAS HASTA LAS 12.00h  DEL DIA 19/1/2026

APERTURA DE OFERTAS SOBRES A EL DIA 19/01/2026 A LAS 12.45h  

APERTURA DE OFERTAS SOBRES B EL DIA 19/01/2026 A LAS 13.00h

APERTURA DE OFERTAS SOBRES C EL DIA 29/01/2026 A LAS 10.30h

Estado:
En curso
Categoria:
Procedimiento simplificado

ACTA SOBRE A

ACTA SOBRE B

Contacta con nosotros
Otros procesos de adjudicación

I am text block. Click edit button to change this text. Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.